¿Puedo utilizar un certificado de depósito como garantía de una operación de crédito de un tercero?
• Los certificados de depósito de propiedad de personas jurídicas, solo podrán respaldar obligaciones propias, por lo tanto, para registrar un certificado como garantía de una obligación, el beneficiario titular debe estar vinculado a esta obligación como titular o cotitular y en la “Pignoración Irrevocable de Certificado de Depósito a Plazo (CDP)” se deberá mencionar que solo respalda las obligaciones de la persona Jurídica titular de dicho CDP. Para mayor información consulte a su Oficial de Cuenta.